Art. 161 inc. 1 · Código del Trabajo
Necesidades de la empresa: ¿cuándo es un despido injustificado?
Equipo Melo & Asociados · 13 de mayo de 2026 · Educación legal
El despido por necesidades de la empresa (artículo 161, inciso 1) suele usarse como «causal comodín» cuando el empleador quiere desvincular a alguien. Si te aplican esta causal, la empresa está obligada a pagarte la indemnización por años de servicio y el mes de aviso previo (si no te avisaron con 30 días de anticipación). No es un favor, es la ley. Pero ojo: podría ser además un despido injustificado.
Cuándo es válida (y cuándo no)
El Código del Trabajo y la jurisprudencia de la Corte Suprema exigen que esta causal no dependa de la sola voluntad del empleador: debe fundarse en factores económicos o tecnológicos externos, graves, permanentes e imprevisibles, como una reestructuración profunda o una crisis financiera del rubro.
El engaño común
Si te despiden alegando «baja en la productividad» o «racionalización» con una carta vaga y genérica —que no especifica cuáles son las reales necesidades de la empresa, por qué tú y no otra persona del mismo cargo, ni cómo reemplazarán tus funciones— muy probablemente el despido es injustificado.
El beneficio de demandar
Al ganar en tribunales puedes obtener un recargo legal desde el 30% sobre tu indemnización por años de servicio y, además, la devolución íntegra del descuento de AFC (aporte patronal al seguro de cesantía) que la empresa te restó en el finiquito.
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