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Art. 168 · Código del Trabajo

Plazos legales fatales: no pierdas tu derecho a demandar por esperar

Equipo Melo & Asociados · 13 de mayo de 2026 · Educación legal

En derecho laboral los plazos no son sugerencias: son límites estrictos. Tienes un tiempo máximo para reclamar si tu despido fue injusto, y si lo dejas pasar —aunque tengas toda la razón del mundo— pierdes para siempre tu derecho a demandar. El plazo corre desde el día en que dejas la empresa.

Los 60 días hábiles

El artículo 168 del Código del Trabajo establece un plazo de caducidad de 60 días hábiles (lunes a sábado, sin contar domingos ni festivos) para interponer la demanda por despido injustificado, indebido o improcedente.

La suspensión del plazo

Si presentas un reclamo ante la Inspección del Trabajo dentro de esos 60 días, el plazo se suspende y vuelve a correr el día hábil siguiente al acta de comparendo. Pero existe un máximo absoluto de 90 días hábiles desde el despido: pasado ese límite, la acción caduca de pleno derecho aunque el reclamo siga en trámite.

El tiempo corre

Cada día que pasa es un día menos para preparar bien tu caso: reunir pruebas, calcular indemnizaciones y redactar la demanda. Si te despidieron hace poco, envíanos tu carta hoy y te decimos de inmediato si tu caso es viable.

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